Los nuevos reportes exigidos por la Resolución 220 del 2014 para la información exógena del año gravable 2015 deberán ser presentados por empleadores que fueron agentes de retención, empleadores de mujeres víctimas de la violencia, empleadores que compraron bonos especiales para pagos a trabajadores, y por las alcaldías, departamentos y entidades públicas.
Los nuevos reportes exigidos por la Resolución 220 del 2014 para la información exógena del año gravable 2015 deberán ser presentados por empleadores que fueron agentes de retención, empleadores de mujeres víctimas de la violencia, empleadores que compraron bonos especiales para pagos a trabajadores, y por las alcaldías, departamentos y entidades públicas.
De acuerdo con las instrucciones contenidas en los artículos 4, 17, 18, 27 y 28 de la Resolución 220 del 2014, las personas naturales y asimiladas y las personas jurídicas y asimiladas obligadas a entregar la información del artículo 631 del ET, se agrupan en diferentes grupos de reportantes según las características de cada una, para los cuales existen distintas responsabilidades en cuanto a la cantidad de reportes o formatos que se les exigen. Dentro de los reportes que deben presentar los obligados a presentar información exógena se encuentran:
Haciendo uso de las facultades que se le conceden en el artículo 631-3 del ET (información con relevancia tributaria), el Director de la DIAN ha solicitado a través de los artículos 29 a 33 de la Resolución 220 del 2014 que por el año gravable 2015 se entreguen cinco nuevos reportes exigidos por primera vez a un diverso grupo de reportantes; dichos reportes son: