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[ORO] Obligaciones especiales del empleador

En la siguiente conferencia puede identificar las obligaciones especiales del empleador frente al trabajador, con el fin de evitar malas prácticas que puedan generar la terminación del contrato o indemnizaciones. Estas obligaciones son taxativas y adicionales a las estipuladas en el contrato de trabajo.

Fecha de publicación: 5 de junio de 2017
[ORO] Obligaciones especiales del empleador
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

En la siguiente conferencia puede identificar las obligaciones especiales del empleador frente al trabajador, con el fin de evitar malas prácticas que puedan generar la terminación del contrato o indemnizaciones. Estas obligaciones son taxativas y adicionales a las estipuladas en el contrato de trabajo.

El artículo 57 del Código Sustantivo del Trabajo, estipula las obligaciones correspondientes al empleador, entre ellas se encuentran:                  

  1. Poner a disposición de los trabajadores los instrumentos adecuados y las materias primas necesarias para la realización de las labores: esta obligación no solo se refiere a las instalaciones de la empresa, sino también a los elementos que permiten hacer efectiva la labor del trabajador, como hojas, cuadernos, lapiceros, escritorio, sillas, computador, área, etc. Hay situaciones que se presentan en lugares, como spas o centros de estética, en los que los trabajadores cumplen un horario de trabajo pero llevan el material: dicha eventualidad puede permitir que el empleador disfrace la situación queriendo aparentar el vínculo jurídico como un contrato de prestación de servicios. Cuando el empleador no está cumpliendo con el suministro de los instrumentos o con su mantenimiento y por tal razón el trabajador se ve perturbado frente al cumplimiento de sus labores, este puede dar por terminado el contrato de trabajo, y por lo tanto pueden generarse indemnizaciones a favor de él.
  2. Procurar a los trabajadores espacios apropiados y elementos adecuados de protección contra los accidentes y enfermedades profesionales: con este fin, se deben tener en cuenta los elementos fundamentales para evitar un mal trabajo y una lesión al trabajador, ya que dependiendo de la labor que este desempeñe se realiza el suministro de los elementos y de la materia prima.
  3. Prestar inmediatamente los primeros auxilios en caso de accidente o de enfermedad: para ello se deberán tomar las medidas necesarias de auxilio y de prevención frente a daños mayores; no tener las medidas primarias para atender el accidente laboral puede generar una terminación del contrato.
  4. Pagar la remuneración pactada en las condiciones, períodos y lugares convenidos: si el empleador incurre en mora, el trabajador puede terminar el contrato y solicitar la indemnización correspondiente.
  5. Guardar absoluto respeto a la dignidad personal del trabajador, a sus creencias y sentimientos: el empleador debe ser objetivo con las medidas que se tomen en la empresa. No está prohibido sostener relaciones con compañeros de trabajo, pero sí cometer actos inmorales o reprochables.
  6. Conceder al trabajador licencias: para el ejercicio del sufragio, relacionadas con los cargos transitorios en los que el trabajador deba prestar sus servicios hacia un tercero en jornadas electorales; por grave calamidad doméstica, entendida como todo suceso familiar que afecta el desarrollo normal de las actividades del trabajador; el desempeño de comisiones sindicales inherentes a la organización o para asistir al entierro de sus compañeros.
  7. En caso de ser solicitada por el trabajador al expirar el contrato, expedir una certificación en la que consten el tiempo de servicio, la índole de la labor y el salario devengado: de cara al Ministerio de trabajo, negarse frente a estos derechos puede traer consecuencias negativas para el empleador.
  8. Pagar al trabajador los gastos razonables de ida y de regreso si para prestar sus servicios tuvo que cambiar de residencia.
  9. Cumplir el reglamento, mantener el orden, la moralidad y el respeto a las leyes: este punto se refiere a todas aquellas obligaciones del contrato, del código y del reglamento, e inclusive de fallos arbitrales si hay lugar a ello.
  10. Conceder al trabajador, en caso de fallecimiento de su cónyuge, compañero o compañera permanente o de un familiar hasta el grado segundo de consanguinidad, primero de afinidad y primero civil, una licencia remunerada por luto de cinco (5) días hábiles. (Numeral adicionado por el artículo 1 de la Ley 1280 de 2009).
  11. Conceder en forma oportuna a la trabajadora en estado de embarazo la licencia remunerada modificada por la Ley 1822 de 2017. La licencia de paternidad también es una obligación especial por parte del empleador frente al trabajador, la cual se otorga por 8 días hábiles.

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