¿Cuáles son las obligaciones tributarias de una corporación deportiva que opera en barrios populares?
¿Cuáles son las obligaciones tributarias de una corporación deportiva que opera en barrios populares?
El Dr. Diego Guevara indica que teniendo en cuenta las nuevas versiones del artículo 19, 356 y siguientes del Estatuto tributario se puede concluir que las corporaciones dedicadas a actividades deportivas sin ánimo de lucro pueden seguir perteneciendo al régimen tributario especial toda vez que cumplan con nuevos requisitos establecidos por la Ley 1819 de 2016, caso en el cual deberá pagar una tarifa del 20% por el impuesto de renta. Adicionalmente se debe tener presente que quienes están en el régimen tributario especial no están obligados a calcular la renta presuntiva, serán responsables del IVA si desarrollan actividades gravadas y deberán practicar la respectiva retención en la fuente si realizan pagos gravables.