Los empleadores se encuentran en la obligación de suministrarles a sus empleados que devenguen menos de dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes –smmlv– un vestido de labor y un par de zapatos cada cuatro meses, tres veces al año y en determinadas fechas.
Los empleadores se encuentran en la obligación de suministrarles a sus empleados que devenguen menos de dos (2) salarios mínimos mensuales legales vigentes –smmlv– un vestido de labor y un par de zapatos cada cuatro meses, tres veces al año y en determinadas fechas.
El requisito principal para que los empleados adquieran este beneficio corresponde a la asignación salarial, esto es, que el trabajador no devengue más de dos (2) smmlv o, en su defecto, que su remuneración mensual sea inferior a $1.656.232 para 2019.
Entre las condiciones que se derivan de esta obligación podemos mencionar las siguientes:
Con el fin de que profundices en este y otros temas relacionados con el trabajo, en Actualícese hemos preparado el Consultorio laboral, un espacio en el que la Dr. Natalia Jaimes, abogada y especialista en derecho laboral, responde a las preguntas más frecuentes de los usuarios.
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