La Supersociedades aclaró inquietudes en torno a la inversión suplementaria al capital asignado. También señaló lo dispuesto en el artículo 4 de la Ley 2069 de 2020.
Supersociedades
Oficio 220-006177
Febrero 1 de 2021
La Superintendencia de Sociedades –Supersociedades– resolvió inquietudes en torno a la inversión suplementaria al capital asignado a través del Oficio 220-006177, en el que aclara lo siguiente: siempre que una inversión suplementaria al capital asignado no afecte el patrimonio neto por debajo del 50 % del capital asignado, se podría reducir la inversión suplementaria.