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Oficio 220-023015 de 16-02-2018

La Superintendencia de Sociedades señala que, en su gran mayoría, los papeles de comercio pueden ser objeto del derecho de inspección; sin embargo, algunos de dichos papeles podrían resultar cobijados por la restricción legal señala en el artículo 48 de la Ley 222 de 1995, en la medida en que incorporen o respondan a un secreto industrial, comercial o incluyan datos que de ser divulgados, puedan ser utilizados en detrimento de la sociedad; circunstancia que, inexorablemente, queda bajo la responsabilidad exclusiva de la administración, la cual cuenta con todos los elementos de juicio para definir si es posible negar el acceso a la información.

Oficio 220-023015 de 16-02-2018
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Superintendencia de Sociedades
Oficio 220-023015
Febrero 16 de 2018

En su gran mayoría, los papeles de comercio pueden ser objeto del derecho de inspección; sin embargo, algunos de estos podrían resultar cobijados por la restricción legal señala en el artículo 48 de la Ley 222 de 1995, en la medida en que incorporen o respondan a un secreto industrial, comercial o incluyan datos que de ser divulgados, puedan ser utilizados en detrimento de la sociedad.

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