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[ORO] Declaración de renta, ¿qué aspectos deben recordarse al momento de elaborarla?

Al momento de elaborar la declaración del impuesto sobre la renta es necesario considerar aspectos como la información exógena y los reportantes de esta, la declaración de activos en el exterior, el impuesto a la riqueza y el impuesto complementario a la normalización tributaria.

Fecha de publicación: 6 de diciembre de 2016
[ORO] Declaración de renta, ¿qué aspectos deben recordarse al momento de elaborarla?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Al momento de elaborar la declaración del impuesto sobre la renta es necesario considerar aspectos como la información exógena y los reportantes de esta, la declaración de activos en el exterior, el impuesto a la riqueza y el impuesto complementario a la normalización tributaria.

Cuando se planea elaborar la declaración del impuesto sobre la renta no es posible ignorar la información exógena y los reportantes de esta, al igual que la declaración de activos en el exterior, el impuesto a la riqueza y el impuesto complementario a la normalización tributaria (recordemos que los tres últimos están contemplados en la Ley 1739 de 2014).

Así, es preciso tener en cuenta quiénes son reportantes de la información exógena para identificar a los que podrían presentar información referente al contribuyente. Respecto al impuesto a la riqueza, vale decir que grava la posesión de riqueza a enero 1 de 2015 cuando esta es igual o superior a $1.000 millones, en tanto que el impuesto complementario a la normalización tributaria se causa por la tenencia de activos omitidos o pasivos inexistentes a enero 1 de 2016, 2016 y 2017 respectivamente, y, a su vez, la declaración de activos en el exterior debe ser presentada por los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario que posean activos en el exterior.

Vale recordar que los formularios para presentar la declaración del impuesto sobre la renta y complementario son los 110, 210, 230 y 240, y que en los dos primeros es posible declarar activos omitidos o pasivos inexistentes. Por otro lado, el impuesto a la riqueza y el de normalización tributaria se presentan en el formulario 440 y la declaración de activos en el exterior en el 160.

Debido a la relación de estos temas, es recomendable que el contribuyente conteste las siguientes preguntas a fin de determinar sus obligaciones:

  1. ¿Estuvo el contribuyente sujeto al impuesto a la riqueza el primero de enero de 2015?
  2. Para liquidar el impuesto a la riqueza por el 2016, ¿se tomaron como base los valores de las cifras patrimoniales del 2016?
  3. ¿El patrimonio líquido a enero 1 de 2015 fue superior a $1.000 millones y el contribuyente no declaró impuesto a la riqueza?
  4. ¿El análisis anterior se realizó con las cifras de enero 1 de 2015?
  5. ¿El contribuyente presentó en su patrimonio de 2015 activos omitidos o pasivos inexistentes que se requieran normalizar en dicho año?
  6. ¿El contribuyente presentó en su patrimonio de 2015 activos omitidos o pasivos inexistentes que se requieren normalizar en 2016?
  7. ¿El contribuyente posee activos en el exterior a enero 1 de 2015?
  8. ¿El contribuyente posee activos en el exterior a enero 1 de 2016?
  9. ¿El contribuyente posee activos en el exterior a enero 1 de 2015 que no se encuentren incluidos en el patrimonio de 2015?
  10. ¿El contribuyente posee activos omitidos en el exterior a enero 1 de 2016?

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