Los trabajadores por cuenta propia podrán liquidar el impuesto sobre la renta por el sistema ordinario o por el IMAS. En el primer caso deberán presentar la declaración en el formulario 110 o 210 y si se acogen de forma voluntaria al IMAS deberán presentar el formulario 240.
Los trabajadores por cuenta propia podrán liquidar el impuesto sobre la renta por el sistema ordinario o por el IMAS. En el primer caso deberán presentar la declaración en el formulario 110 o 210 y si se acogen de forma voluntaria al IMAS deberán presentar el formulario 240.