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Pago de aportes parafiscales sobre vacaciones canceladas en la liquidación del contrato

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Si un trabajador nunca disfrutó sus vacaciones, ¿se debe pagar parafiscales sobre el valor cancelado por concepto de dichas vacaciones en la liquidación de un contrato de trabajo?

Fecha de publicación: 19 de noviembre de 2018
Pago de aportes parafiscales sobre vacaciones canceladas en la liquidación del contrato
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

Si un trabajador nunca disfrutó sus vacaciones, ¿se debe pagar parafiscales sobre el valor cancelado por concepto de dichas vacaciones en la liquidación de un contrato de trabajo?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, afirma que toda persona vinculada a una empresa mediante un contrato de trabajo tiene, entre otros derechos, el beneficio del pago de un descanso remunerado por concepto de vacaciones según lo indicado en el artículo 186 y siguientes del Código Sustantivo del Trabajo.

Es de anotar que sobre los pagos efectuados por concepto de vacaciones laborales también se deben efectuar aportes a parafiscales de acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley 21 de 1992.