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Pago de salario en especie

¿Es legal pactar una parte del salario de un empleado en especie?, ¿en qué proporción?

Fecha de publicación: 17 de julio de 2017
Pago de salario en especie
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Es legal pactar una parte del salario de un empleado en especie?, ¿en qué proporción?

La Dra. Natalia Jaimes indica que para dar respuesta al interrogante se debe estudiar lo dispuesto en el artículo 129 del CST que se refiere a:

“ARTICULO 129. SALARIO EN ESPECIE. Modificado por el art. 16 de la Ley 50 de 1990. El nuevo texto es el siguiente:

 Constituye salario en especie toda aquella parte de la remuneración ordinaria y permanente que reciba el trabajador como contraprestación directa del servicio, tales como alimentación, habitación o vestuario que el empleador suministra al trabajador o a su familia, salvo la estipulación prevista en el artículo 15 de esta ley.

 

  1. El salario en especie debe valorarse expresamente en todo contrato de trabajo. A falta de estipulación o de acuerdo sobre su valor real se estimará pericialmente, sin que pueda llegar a constituir y conformar más del cincuenta por ciento (50%) de la totalidad del salario.

 

  1. No obstante, cuando un trabajador devengue el salario mínimo legal, el valor por el concepto de salario en especie no podrá exceder del treinta por ciento (30%).”