Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
Las personas naturales que declaran renta entre el 09 de agosto y 19 de octubre de 2018, ¿pueden pagar dicho impuesto por cuotas?, si una persona no tiene el RUT de igual forma ¿puede presentarla para no incurrir en una sanción por extemporaneidad?
Resueltas julio 6 de 2018
Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta
Las personas naturales que declaran renta entre el 09 de agosto y 19 de octubre de 2018, ¿pueden pagar dicho impuesto por cuotas?, si una persona no tiene el RUT de igual forma ¿puede presentarla para no incurrir en una sanción por extemporaneidad?
Resueltas julio 6 de 2018
Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, menciona que uno de los temas al cual se le debe prestar mayor atención después de la entrada en vigor de la Ley 1819 de 2016, se relaciona con la presentación de la declaración de renta de las personas naturales residentes, pues esta a partir del año gravable 2017, debe efectuarse conforme al nuevo sistema de cedulación, el cual permitirá reportar las rentas ordinarias en cinco cédulas distintas, utilizando el formulario 210.
Ahora bien, es muy importante precisar que solo las personas naturales que califican como grandes contribuyentes, se les permite pagar el impuesto de renta por cuotas, por tal razón quien no tenga tal condición y presente su declaración, pero sin pago, deberá liquidar los intereses de mora.
Por otro lado, se precisa que las personas naturales obligadas a declarar renta, no podrán cumplir con tal obligación si llegada la fecha del vencimiento para declarar no ha realizado el trámite de su respectivo RUT.