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Pago del impuesto de renta sobre bienes privados en una propiedad horizontal

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Se debe tributar en renta sobre los bienes o áreas comunes desafectados y convertidos en bienes privados?

Fecha de publicación: 25 de mayo de 2018
Pago del impuesto de renta sobre bienes privados en una propiedad horizontal
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta

¿Se debe tributar en renta sobre los bienes o áreas comunes desafectados y convertidos en bienes privados?

Resuelta el 17 de mayo de 2018

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios, indica que de acuerdo con lo establecido en los artículos 20 y 21 de la Ley 675 de 2001, si una copropiedad comercial o mixta que explota sus áreas comunes, toma una de estas para realizar el proceso de desafectación, esta área pasa a formar parte de los bienes privados y por tal razón la renta que esta produzca no debe ser registrada en la declaración de renta de acuerdo con lo establecido entre otras normas en el artículo 19-5 del Estatuto Tributario.