En vista de la emergencia económica, social y ecológica que se ha generado con ocasión al COVID-19, el Ministerio del Trabajo emite el Decreto legislativo 558 de abril 15 de 2020.
Con esta herramienta podrá liquidar el aporte a pensión del 3 % permitido para los meses de abril y mayo de 2020.
En vista de la emergencia económica, social y ecológica que se ha generado con ocasión al COVID-19, el Ministerio del Trabajo emite el Decreto legislativo 558 de abril 15 de 2020.
Con esta herramienta podrá liquidar el aporte a pensión del 3 % permitido para los meses de abril y mayo de 2020.
Luego de que en marzo se generara en Colombia la emergencia económica, social y ecológica con ocasión a la propagación del COVID-19, el Gobierno ha emitido diferentes directrices con el fin de mitigar los efectos de esta situación, entre las que se destaca disminuir las cargas laborales de empleadores, empleados e independientes, modificando temporalmente el porcentaje de cotización del aporte al sistema general de pensiones, de manera que para los períodos de abril y mayo de 2020 (que serán pagados en mayo y junio del mismo año, respectivamente) solo se realizará un aporte del 3 % del ingreso base de cotización (ver artículo 3 del Decreto legislativo 558 de abril 15 de 2020).
Ahora bien, tenga presente que, de acuerdo con el artículo 20 de la Ley 100 de 1993, luego de ser modificado por el artículo 7 de la Ley 797 de 2003, el porcentaje de cotización al sistema general de pensiones es del 100 % para el trabajador independiente, mientras que para el caso de empleadores es asumido un 75 % por el empleador y un 25 % por el trabajador, esta disposición no cambia; lo que cambia es que ya no se aporta un 16 % del ingreso base de cotización –IBC–, sino un 3 %, evidenciando un 13 % de disminución en el aporte.
Cabe anotar que esta disminución aplica para los afiliados al sistema general de seguridad social en pensiones, ya sean del sector público o privado e independientemente de si son trabajadores dependientes e independientes, o de si tienen sus fondos en Colpensiones o en una sociedad administradora de fondos de pensiones y cesantías.
Con esto en mente, en esta herramienta usted podrá visualizar la diferencia entre el aporte que se venía realizando y el que quedaría con ocasión al COVID-19, podrá hacer las simulaciones a que haya lugar y podrá evaluar si esto le beneficia como independiente, empleado o empleador. Le invitamos a descargar este archivo de Excel y a revisar este video en el que encontrará la explicación de cómo funciona esta herramienta.