El Decreto 2150 del 20 de diciembre de 2017 enumera una serie de cambios para las entidades sin ánimo de lucro propuestos con el fin de reglamentar las donaciones tratadas por el artículo 257 del Estatuto Tributario, el régimen tributario especial en el impuesto sobre la renta y complementario y el artículo 19-5 del Estatuto Tributario.
El Decreto 2150 del 20 de diciembre de 2017 enumera una serie de cambios para las entidades sin ánimo de lucro propuestos con el fin de reglamentar las donaciones tratadas por el artículo 257 del Estatuto Tributario, el régimen tributario especial en el impuesto sobre la renta y complementario y el artículo 19-5 del Estatuto Tributario.
En vista de la dispersión de las normas aplicables a las entidades del régimen tributario especial señaladas en el artículo 19 del ET, vigentes al 31 de diciembre de 2016, las nuevas entidades del RTE constituidas a partir del 1 de enero de 2017 y la normatividad relacionada con los cambios que hizo la Ley 1819 de 2016, se tratará de dar un orden a la normatividad por medio de la conferencia Entidades del régimen tributario especial –RTE– desarrollando aspectos como:
Las entidades tratadas en el artículo 19 deberán presentar ante la Dian, mediante el sistema que esta defina, la solicitud de calificación al régimen tributario especial, junto con los documentos que el gobierno nacional establezca mediante decreto, de conformidad con lo establecido en el artículo 364-5 de este Estatuto Tributario.
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