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Participación ciudadana en salud es elevada a derecho fundamental

La política de participación social en salud –PPSS–​, adoptada con la​​ Resolución 2063 de 2017, reconoce la participación ciudadana como un derecho fundamental vinculado al derecho a la salud. La política presenta las bases para el cumplimiento del derecho a la participación en todo el territorio nacional.

Fecha de publicación: 30 de abril de 2018
Participación ciudadana en salud es elevada a derecho fundamental
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

La política de participación social en salud –PPSS–​, adoptada con la​​ Resolución 2063 de 2017, reconoce la participación ciudadana como un derecho fundamental vinculado al derecho a la salud. La política presenta las bases para el cumplimiento del derecho a la participación en todo el territorio nacional.

La política parte del reconocimiento de la participación como un derecho fundamental que se construye en el diálogo contante con el derecho fundamental a la salud. En este sentido, el Estado es garante de los mismos y la ciudadanía tiene el derecho y el deber de participar en el proceso de construcción de todo lo que se encuentra vinculado en el derecho a la salud. La política sienta las bases para el cumplimiento del derecho a la participación en todo el territorio nacional e incluye a todos los integrantes del sistema de salud.

La Ley Estatutaria 1751 de 2015, la cual eleva al rango de derecho fundamental el derecho a la salud, incluye los mecanismos de participación ciudadana dentro del marco del derecho a la salud:

“Artículo 12. Participación en las decisiones del sistema de salud. El derecho fundamental a la salud comprende el derecho de las personas a participar en las decisiones adoptadas por los agentes del sistema de salud que la afectan o interesan.​​”

“El objetivo general de la PPSS es definir y desarrollar las directrices que le permitan al estado garantizar el derecho a la participación social en salud y su fortalecimiento”

En el marco de la Ley Estatutaria, el Ministerio de Salud y Protección Social adelantó la formulación de la política de participación social en salud –PPSS–, adoptada mediante la​​ Resolución 2063 de 2017.​​ 

Objetivo de la PPSS

El objetivo general de la PPSS es definir y desarrollar las directrices que le permitan al estado garantizar el derecho a la participación social en salud y su fortalecimiento, y a la ciudadanía la apropiación de mecanismos y condiciones para ejercer la participación social en salud en las decisiones para el cumplimiento del derecho fundamental a la salud y en el marco de la Ley Estatutaria de Salud y en armonía con la política de atención integral en salud –PAIS–.​​

Ejes estratégicos

  • Fortalecimiento institucional
  • Empoderamiento de la ciudadanía y las organizaciones sociales en salud
  • Impulso de la cultura de la salud
  • Control social en salud
  • Gestión y garantía en salud con participación en el proceso de decisión

Rendición de cuentas

Como estrategia de participación social corresponsable, la PPSS propone la audiencia pública de rendición de cuentas que deben realizar los representantes de organizaciones de usuarios del sistema general de seguridad social en salud, como las asociaciones de usuarios, los comités de participación comunitaria en salud –Copacos–, las juntas directivas, el Consejo Territorial de Planeación, el Consejo Territorial de Seguridad Social en Salud, las veedurías, entre otros espacios de participación social en salud.

Ciudadanía y rol activo en temas de salud

Existe la necesidad de desarrollar las capacidades de la ciudadanía para que logre cumplir un rol activo y el desarrollo pleno de la ciudadanía en salud. Se deben fortalecer las instancias formales y autónomas que desarrollen procesos participativos para impulsar la incidencia, exigencia y decisión en la gestión de políticas, planes y programas de salud. Para lograr lo anterior es preciso:

  • Crear una estrategia pedagógica permanente en salud para cualificar a los ciudadanos en los procesos de participación, en los temas de interés en salud y en el derecho a la salud.
  • Establecer los incentivos que propicien la participación social y comunitaria.
  • Impulsar y promocionar las iniciativas del uso y apropiación de las tecnologías de información y las comunicaciones en las organizaciones sociales en salud.
  • Fortalecer las estrategias de información y comunicación, incluido el acceso a medios, boletines o periódicos, que posibiliten espacios a las organizaciones para impulsar y visibilizar sus procesos participativos.
  • Promover las formas de convocatoria de los espacios de participación que reconozcan las dinámicas territoriales y comunitarias del sector salud.
  • Gestionar recursos para la financiación de las iniciativas comunitarias para que la comunidad incida, intervenga y decida en el ciclo de las políticas de salud.

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