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Pasos para generar en línea el instrumento de firma electrónica

A través de la Resolución 000022 del 3 de abril de 2019, la Dian indicó que la emisión del instrumento de firma electrónica también podrá realizarse de forma virtual y no solo presencial, para lo cual el usuario deberá tener en cuenta una serie de pasos para su generación en línea.

Fecha de publicación: 26 de abril de 2019
Pasos para generar en línea el instrumento de firma electrónica
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

A través de la Resolución 000022 del 3 de abril de 2019, la Dian indicó que la emisión del instrumento de firma electrónica también podrá realizarse de forma virtual y no solo presencial, para lo cual el usuario deberá tener en cuenta una serie de pasos para su generación en línea.

“la Dian dio la posibilidad a los usuarios que necesiten obtener por primera vez el instrumento de firma electrónica, de realizar su solicitud virtualmente y no solo de forma presencial”

Por medio de la Resolución 000022 del 3 de abril de 2019, la Dian dio la posibilidad a los usuarios que necesiten obtener por primera vez el instrumento de firma electrónica, de realizar su solicitud virtualmente y no solo de forma presencial (es necesario tener en cuenta que si esta se realiza de forma presencial, se requiere contar previamente con una cita en la Dian); para adelantar tal proceso, los usuarios deberán tener actualizada la información de su correo electrónico y responsabilidades en el RUT.

De acuerdo a lo anterior, a continuación enumeramos los pasos a seguir en la generación virtual de la firma electrónica:

1. Deberá ingresar como usuario registrado a nombre propio en los servicios informáticos del portal web de la Dian.

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2. Seguidamente, en el menú principal deberá dar clic en la opción “Emitir Firma Electrónica”, como se muestra en la imagen.

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3.Después de haber seleccionado esta opción, aparecerá el texto del “Acuerdo de Firma Electrónica”, el cual deberá leer y aceptar.

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4. Con el fin de formalizar la solicitud, deberá dar clic en el ícono del lápiz y en la siguiente ventana emergente debe seleccionar la marca de verificación con el fin de enviar el código electrónico al correo registrado.

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5. El usuario recibirá en su correo electrónico una notificación de la Dian con un código de seis dígitos, que deberá ingresarse en la ventana emergente del Muisca y, posteriormente dar clic en el botón “Firmar”.

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6. El sistema mostrará la confirmación de la solicitud del instrumento de firma electrónica.

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7. Seguidamente, el usuario deberá consultar nuevamente en su correo electrónico el enlace para configurar las preguntas de recuperación de contraseña de la identidad electrónica.

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8. Realizado el proceso anterior, deberá ingresar nuevamente al Muisca, responder cada una de las cinco preguntas de seguridad y luego dar clic en el botón de “Finalizar” el cual figura en la pantalla de resumen.

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9. Para continuar con este proceso, el usuario deberá dar clic en la opción “Enviar los códigos de autorización a mi correo” y luego digitará el código de habilitación recibido en la ventana emergente como se muestra en la imagen.

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10. Se deberá crear una contraseña, la cual será asignada a la firma electrónica por un período de tres años, el sistema le informará si esta cumple con cada uno de los requisitos de seguridad. De clic en el botón “Finalizar” y se le informará si la habilitación a sido exitosa.

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Recordemos que esta nueva medida fue adopta por la Dian, como mecanismo para dar cumplimiento a las normas antitrámites contempladas en el Decreto Ley 0019 de enero 10 de 2012, por medio del cual se busca eliminar los procedimientos innecesarios en las entidades públicas, con el fin de proteger y garantizar la efectividad de los derechos de las personas naturales y jurídicas ante las autoridades y así facilitar las relaciones entre los particulares y entidades públicas.

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