El tratamiento de los instrumentos financieros para las entidades que hacen parte de Grupo 2 – Pymes, se encuentra indicado en la sección 11; dicho aparte del marco normativo aclara los lineamientos pertinentes sobre el reconocimiento, medición, y revelación de este elemento de los estados financieros.
El tratamiento de los instrumentos financieros para las entidades que hacen parte de Grupo 2 – Pymes, se encuentra indicado en la sección 11; dicho aparte del marco normativo aclara los lineamientos pertinentes sobre el reconocimiento, medición, y revelación de este elemento de los estados financieros.
Una de las herramientas que debe revisar un auxiliar contable al momento de reconocer una partida como instrumento financiero es el manual de políticas contables; dicho manual debe incluir de forma fiel todas las directrices aplicables a la entidad (de acuerdo a la actividad de la empresa y a los lineamientos técnicos incluidos en el DUR 2420 de 2015, sus respectivos anexos y modificatorios).
En concordancia con lo anterior, el profesional contable debe atender el manual de políticas contables, y analizar e interiorizar los conceptos incluidos en los Estándares Internacionales para realizar un adecuado reconocimiento, medición y revelación de estos.
De acuerdo con la sección 11 del Estándar para Pymes, son instrumentos financieros aquellos contratos en los que una de las partes posee un activo financiero y la otra posee un pasivo financiero o un instrumento de patrimonio.
Por su parte un activo financiero es cualquier activo que sea:
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