Pensión de invalidez por accidente o enfermedad laboral: documentos y trámites para solicitarla
Son dos los requisitos que se deben cumplir para solicitar la pensión de invalidez de origen laboral: que el médico de la ARL a la que se encuentra afiliado certifique la pérdida del 50 % de su capacidad para trabajar y presentar ante esta la solicitud adjuntando la documentación requerida.
Fecha de publicación:
28 de agosto de 2017
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
Son dos los requisitos que se deben cumplir para solicitar la pensión de invalidez de origen laboral: que el médico de la ARL a la que se encuentra afiliado certifique la pérdida del 50 % de su capacidad para trabajar y presentar ante esta la solicitud adjuntando la documentación requerida.
Partamos de un ejemplo: una persona que trabaja con contrato laboral desde hace diez años en una empresa de mudanzas cargando y descargando los camiones, comienza en algún momento a sentir un dolor en su espalda, que con el tiempo se fue haciendo más fuerte; cuando va al médico se le diagnostica una hernia en su columna vertebral, asegurándole que se debía a la actividad que ejercía y que no podría continuar desempeñando dicho oficio.
“Verificar que haya cotizado siquiera 50 semanas dentro de los últimos 3 años anteriores a la fecha de estructurarse la invalidez, si el dictamen de pérdida de fuerza de trabajo fue del 50 % o más”Tweet This
En este punto el empleado no sabe qué hacer. Pues bien, en este caso y similares, cuando una persona pierde su capacidad para seguir trabajando por causa de una enfermedad laboral o accidente de trabajo, el trabajador tiene derecho a solicitar el reconocimiento de su pensión por invalidez a causa de enfermedades profesionales o accidentes laborales.
¿Qué debe hacer el empleado?
En caso de haber sufrido algún tipo de accidente o enfermedad laboral, el empleado debe ir a su EPS para que lo examinen y lo remitan ante la ARL, para que allí un médico laboral determine el porcentaje de pérdida de la capacidad laboral. Recuerde que si sufre algún accidente laboral tiene que reportarlo a más tardar dentro de las 24 horas siguientes a la ARL o a la persona encargada del área de salud y seguridad en el trabajo.
Verificar que haya cotizado siquiera 50 semanas dentro de los últimos 3 años anteriores a la fecha de estructurarse la invalidez, si el dictamen de pérdida de fuerza de trabajo fue del 50 % o más.
Una vez verificados los dos requisitos anteriores podrá solicitar la pensión de invalidez de origen laboral.Para ello, hay que presentar la solicitud ante la ARL a la que se encuentre afiliado el trabajador, aportando la documentación exigida para este fin.
Fotocopia ampliada al 150 % de la cédula de ciudadanía.
Copia auténtica del folio del registro civil de nacimiento (máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición).
Copia de certificado de cuenta bancaria.
Si la solicitud es por devolución de saldos por pensión en ARL se debe presentar la resolución de pensión o carta de reconocimiento pensional de la ARL donde se indiquen los beneficiarios.
Otros documentos para adjuntar según casos particulares
Si el afiliado es viudo debe adjuntar
Copia auténtica del folio del registro civil de matrimonio (máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición).
Copia auténtica del folio del registro civil de defunción del(a) cónyuge (máximo con tres (3) meses de antigüedad desde su expedición).
Si el afiliado es divorciado debe adjuntar
Copia auténtica del folio del registro civil de matrimonio con la nota marginal de divorcio o cesación de efectos civiles del matrimonio (máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición).
Documentos cónyuge o compañero(a) permanente
Fotocopia ampliada al 150 % de la cédula de ciudadanía del esposo(a) o compañero(a).
Copia auténtica del folio del registro civil de nacimiento (máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición).
Copia auténtica del folio del registro civil de matrimonio (máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición).
Documentos de los hijos
Copia auténtica del folio del registro civil de nacimiento (máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición).
Fotocopia ampliada al 150 % de la cédula de ciudadanía (hijos mayores de 18 años y menores de 25 años).
Certificado de estudios vigente indicando la intensidad horaria (hijos mayores de 18 y menores de 25 años).
Fotocopia ampliada al 150 % de la tarjeta de identidad (mayores de 7 y menores de 18 años).
Si el afiliado es soltero, no tiene hijos y los padres dependen económicamente de él, deberá adjuntar de estos últimos
Fotocopia ampliada al 150 % de la cédula de ciudadanía.
Copia autentica del folio del registro civil de nacimiento (máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición).
Partida de bautizo (anterior al 15 de julio de 1938).
Copia auténtica del folio del registro civil de matrimonio (máximo con tres meses de antigüedad desde su expedición).