La Ley 1580 del 2012 creó el modelo de pensión familiar, el cual consiste en el reconocimiento de una pensión para los cónyuges o compañeros permanentes, que a pesar de haber cotizado o realizado aportes, no cumplen de manera individual el monto acumulado necesario para que se les reconozca la pensión de vejez. Para que […]
La Ley 1580 del 2012 creó el modelo de pensión familiar, el cual consiste en el reconocimiento de una pensión para los cónyuges o compañeros permanentes, que a pesar de haber cotizado o realizado aportes, no cumplen de manera individual el monto acumulado necesario para que se les reconozca la pensión de vejez.
Para que los interesados puedan solicitar la pensión familiar, es necesario que cumplan los demás requisitos que indica la Ley 100 de 1993 para acceder a la pensión de vejez. Igualmente es importante que ambos se encuentren en el mismo régimen de pensiones (régimen de prima media con prestación definida o régimen de ahorro individual con solidaridad); en caso de no ser así, el compañero o cónyuge con menor capital debe trasladarse al fondo de su pareja para poder presentar la solicitud de pensión familiar.
Requisitos:
Para no olvidar: