Una persona natural que tiene la responsabilidad de retener según lo registrado en su RUT, pero que no retuvo nada durante el año gravable 2019, ¿se encuentra obligada a reportar exógena por dicho período?
Responde conferencista: Diego Guevara
Una persona natural que tiene la responsabilidad de retener según lo registrado en su RUT, pero que no retuvo nada durante el año gravable 2019, ¿se encuentra obligada a reportar exógena por dicho período?
Pregunta resuelta enero 30 de 2020
Para cumplir con la obligación fiscal de presentar la información exógena correspondiente al año gravable 2019 se deben estudiar las siguientes normativas: Resolución 011004 de 2018 y Resolución 000008 de enero de 2020.
En esta publicación, con la intervención del contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, se explica al detalle si una persona natural que actúa como agente de retención queda obligada a presentar la información exógena por el año gravable 2019.