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Plazos para migrar de la planilla asistida a la electrónica para pagar la seguridad social

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Cuáles son los plazos para que las empresas migren de planilla asistida a planilla electrónica?, ¿a qué tipo de sanción se exponen las empresas que no cumplan con los plazos?

Fecha de publicación: 7 de mayo de 2018
Plazos para migrar de la planilla asistida a la electrónica para pagar la seguridad social
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Natalia Elena Jaimes Lúquez a la pregunta

¿Cuáles son los plazos para que las empresas migren de planilla asistida a planilla electrónica?, ¿a qué tipo de sanción se exponen las empresas que no cumplan con los plazos?

Natalia Jaimes Lúquez, experta en derecho laboral, menciona que, para dar respuesta a la consulta, se debe validar lo señalado en el Decreto 1765 de 2017; disposición normativa que entró en vigor a partir del 30 de octubre de 2017.

En la citada norma, se establecen los plazos para pagar la seguridad social integral, utilizando únicamente la planilla electrónica; plazos que están sujetos al número de cotizantes si se trata del pago de aportes de los trabajadores de una empresa y el nivel de salarios mínimos percibidos, cuando quien cotiza es un trabajador independiente.

En ese sentido, se explica, por ejemplo, que los trabajadores independientes con un ingreso base de cotización mayor o igual a 4, e inferior a 5 salarios mínimos, debieron realizar sus aportes a seguridad social utilizando la planilla electrónica a partir del 1 de marzo de 2018.