De acuerdo con el artículo 386 del ET, los empleadores que durante el segundo semestre de 2017 apliquen el procedimiento 2 de retenciones en la fuente, tendrán que definir en junio del mismo año cuál será el porcentaje fijo que aplicarán a los pagos gravables de sus trabajadores.
En esta herramienta se ilustran los cálculos que se deberán hacer en junio del 2017 para obtener el porcentaje fijo de retención que se aplicará a los pagos mensuales gravables de los trabajadores durante el semestre julio-diciembre de 2017. Igualmente se ilustra lo que sería la depuración de los pagos en el primer mes de dicho semestre a los cuales se aplicaría el porcentaje definido en junio.