¿Problemas con su operador de telecomunicaciones? Así es como se pone una queja
Pese a que cada operador presta el servicio de peticiones, quejas y reclamos, en caso que se hagan los de la «vista gorda», y que se presenten los suficientes argumentos en contra del prestador del servicio, la Comisión de Regulación de Comunicaciones es la llamada a sancionar y multar en caso.
Fecha de publicación:
26 de junio de 2017
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.
Pese a que cada operador presta el servicio de peticiones, quejas y reclamos, en caso que se hagan los de la «vista gorda», y que se presenten los suficientes argumentos en contra del prestador del servicio, la Comisión de Regulación de Comunicaciones es la llamada a sancionar y multar en caso.
Tenga claro que, como consumidor, los operadores de telecomunicaciones nacionales (Avantel, Éxito Móvil, Uff Móvil, Claro, Movistar, Une, ETB, Tigo, Directv, Virgin Mobile) deben entregarle canales de comunicación para que usted entable un diálogo directo con ellos en caso que quiera realizar una petición, reclamo o queja. Veamos la diferencia entre estos tres conceptos:
Petición: cualquier pregunta que usted haga sobre el servicio o solicitud que no implique un inconformismo. Puede ser solo pedir una información.
Queja: se da cuando hay un inconformismo por la prestación del servicio.
Reclamo: cuando existe una solicitud de compensación o devolución. Por ejemplo, si hay un daño o falla y se espera una respuesta por parte del operador.
* En las diversas páginas de los operadores encontrará una sección de PQR: peticiones, quejas y reclamos.
Si va a poner una PQR lo puede hacer por teléfono, en las líneas de atención al cliente de cada operador; de forma presencial en los centros de atención; en las páginas de internet; por mensaje de texto o a través de las redes sociales. Para la telefonía celular se puede enviar un mensaje de texto con la palabra «Queja» al código 84532 y esperar a que le regresen la llamada para interponer su queja.
Si pasados 15 días hábiles no ha obtenido respuesta a su inquietud, se asume que el operador le da la razón y debe resolver su caso durante las siguientes 72 horas.
Si a los 15 días le responden, puede ser a su favor o puede que no acepten su PQR.
Si hay respuesta negativa usted puede imponer un recurso de apelación o de reposición para que se reconsidere su caso. Debe hacerlo en los 5 días hábiles siguientes de recibir la respuesta, y desde ese momento corren 15 días hábiles para conocer la respuesta nueva.
Recuerde que en la Comisión de Regulación de Comunicaciones –CRC– también puede realizar peticiones, quejas y reclamos.
Usted debe recibir un código numérico con el radicado de su PQR para que pueda hacer seguimiento a su solicitud.
Si está haciendo un reclamo de su factura, el operador no puede exigirle el pago para recibirle la solicitud.
Si se dio cuenta tarde de un error de facturación, por ejemplo, de un recibo que ya canceló, puede reclamar hasta 6 meses después de remitida la factura.
La Comisión de Regulación de Comunicaciones expidió la Resolución 3066 de 2011, conocida como el régimen de protección al usuario. En el tercer capítulo se definen las reglas para las PQR.