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Procedimiento tributario cuando se realiza una donación que supera 50 salarios mínimos

¿Qué procedimiento se debe llevar a cabo cuando se realiza una donación que supera los 50 salarios mínimos?

Resuelta 08 de junio de 2017

Procedimiento tributario cuando se realiza una donación que supera 50 salarios mínimos
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Qué procedimiento se debe llevar a cabo cuando se realiza una donación que supera los 50 salarios mínimos?

Resuelta  08  de  junio  de 2017

El contador Diego Guevara Madrid indica que cuando se realizan donaciones entre personas naturales hay que estudiar las reglas establecidas en el Código Civil entre los artículos 1443 hasta 1493.

De la normatividad mencionada, se destaca el artículo 1458, el cual contempla lo siguiente:

Autorización de donaciones en razón al monto. <Artículo modificado por el artículo 1o. del Decreto 1712 de 1989. El nuevo texto es el siguiente:> Corresponde al notario autorizar mediante escritura pública las donaciones cuyo valor excedan la suma de cincuenta (50) salarios mínimos mensuales, siempre que donante y donatario sean plenamente capaces, lo soliciten de común acuerdo y no se contravenga ninguna disposición legal.

Las donaciones cuyo valor sea igual o inferior a cincuenta (50) salarios mínimos mensuales, no requieren insinuación”.

Es importante mencionar que quien recibe la donación debe reconocer ese ingreso como una  ganancia ocasional, y que a esta se le puede restar una parte como no gravada, según lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 307 del ET.