Si una persona ya tiene su RUT, pero está desactualizado, ¿puede actualizarlo de forma virtual o debe dirigirse hacia algún punto de atención de la Dian?
Resueltas 07 de Septiembre de 2017
Si una persona ya tiene su RUT, pero está desactualizado, ¿puede actualizarlo de forma virtual o debe dirigirse hacia algún punto de atención de la Dian?
Resueltas 07 de Septiembre de 2017
Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios indica que, según el comunicado de prensa de la Dian 04 del 18 de enero de 2016, las actualizaciones del RUT en algunos casos pueden llevarse a cabo de forma virtual sin importar si se tiene o no firma electrónica; por consiguiente, no se requiere que el contribuyente tenga que ir presencialmente a la Dian.
Ahora bien, si un contribuyente desea por ejemplo efectuar el cambio de régimen común de IVA al régimen simplificado, dicho proceso deberá gestionarse directamente ante la Dian.
Por otra parte, conviene mencionar que si una persona natural desea tramitar el RUT por primera vez, tal proceso debe hacerlo de manera presencial, el cual requiere que la persona haya solicitado la cita previamente a través del portal de la Dian. Una vez expedido dicho documento, el contribuyente podrá acceder con su usuario registrado en el portal en mención para hacer algunas actualizaciones.
Vale la pena precisar que, las personas naturales que declaran renta no pueden cumplir con dicha obligación tributaria si antes haber realizado el proceso de inscripción en el RUT, situación que puede generar el pago de la sanción por extemporaneidad que dispone el artículo 641 del Estatuto Tributario.