Siempre han existido diferencias fiscales y contables ocasionadas por la metodología al calcular tanto la Renta Líquida Gravable para efectos impositivos como la Utilidad Contable en materia financiera.
Aunque esta situación no es nueva, la mayoría de empresas han optado por las vidas útiles establecidas en el Estatuto Tributario para el cálculo de la depreciación y poco interés le han prestado a la vida útil financiera de éstos activos. Las valorizaciones generan por su parte distintas bases para el cálculo de las depreciaciones. El deterioro es otro tema que no es claro si será deducible o no, en que momento lo sería y bajo que consideraciones.
Pero si somos consecuentes con el propósito de los estándares internacionales, la diferencia en el manejo de la depreciación fiscal y contable se hace notable bajo las circunstancias antes mencionadas.
Para no detallar cada situación planteamos como temas de análisis el manejo de provisiones, estimaciones, corrección de errores de periodos anteriores, reconocimiento de intereses implícitos y en general diversas situaciones que hacen que el impuesto diferido adquiera mayor protagonismo.
Como lo hemos anotado, las reglas tributarias difieren de las contables, llámense NIIF o 2649/93. Pero si algo debemos tener claro es que la DIAN no perderá el terreno ganado durante tantos años al seguir exigiendo información exógena y otros informes como el formato 1732, lo cual implica para nuestra profesión un mayor esfuerzo en la diferenciación de la información tributaria a partir de la información contable.
Por eso en diferentes escenarios hemos llamado la atención a las distintas casas de software para que adecuen sus distintos programas a fin de que esta situación tenga el menor traumatismo posible.
Las áreas contables por su parte tendrán que hacer el doble análisis a las transacciones, es decir, cuál será el manejo financiero y cómo será el control fiscal de dichas transacciones.
Al mismo tiempo, estamos a la espera de un pronunciamiento oficial por parte de las entidades tributarias y en especial de la DIAN sobre los requerimientos fiscales que ocasionará este cambio que se avecina.
De la misma manera que he planteado mis críticas sobre este tema por parte de la DIAN, puedo ahora manifestar que en las distintas ciudades que he visitado me encuentro con una participación cada vez mayor de funcionarios que han visto en este cambio la necesidad de prepararse y capacitarse sobre éstos temas.
Ya la DIAN como entidad ha realizado diversas capacitaciones para algunos de sus funcionarios, pero lo que nos llama poderosamente la atención es que de manera individual muchos de ellos han tomado la iniciativa de conocer el alcance de los nuevos conceptos propuestos por las NIIF y el lenguaje XBRL, lo cual nos permite concluir que en el futuro inmediato contaremos con pronunciamientos oficiales al respecto.
De todo lo comentado, esperamos que la transición hacia las NIIF sea lo menos traumática para nuestro gremio y que la anticipación que muchos han hecho en su capacitación conlleve los resultados esperados.
Preparado por:
Edmundo Alberto Flórez Sánchez
Líder de Investigación de Estándares Internacionales en Actualicese.com
edmundo.florez@blacolombia.com