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Realización de los costos para los obligados a llevar contabilidad

¿Cuándo se entienden como realizados los costos para los obligados a llevar contabilidad?

Resuelta 24  de  agosto de 2017

Fecha de publicación: 5 de septiembre de 2017
Realización de los costos para los obligados a llevar contabilidad
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

¿Cuándo se entienden como realizados los costos para los obligados a llevar contabilidad?

Resuelta 24  de  agosto de 2017

Diego Guevara, contador público y líder de investigación en temas contables y tributarios, indica que para dar respuesta al interrogante se debe estudiar la nueva versión del artículo 59 del Estatuto Tributario luego de ser modificado con el artículo 39 de la Ley 1819 de 2016. En ese sentido, para el obligado a llevar contabilidad se entiende realizado el costo fiscalmente cuando este haya sido devengado contablemente en el año o período gravable. Así mismo, en el mencionado artículo figuran alrededor de ocho casos puntuales en los cuales ciertos costos que aparecen contablemente no van a tener efectos fiscales.