¿Cómo se debe reconocer el software y otras licencias adquiridas?
Respuesta de Juan Fernando Mejía a la pregunta:
¿Cómo se debe reconocer el software y otras licencias adquiridas?
Juan Fernando Mejía, experto en Normas Internacionales e impuestos aclara que las adquisiciones de software y licencias por las empresas compradas y no formadas deben ser reconocidas como activos intangibles tanto para fines contables como tributarios, los cuales, por regla general, deben ser amortizados por un período de cinco años o más.
En la sección 18 del Estándar Internacional para Pymes se pueden observar los criterios de reconocimiento y medición de los activos intangibles, partidas que por su respectiva naturaleza tienen el carácter de no monetario y tampoco tienen apariencia física.