Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
Si una entidad compra maquinaria, pero no para utilizarla en actividad generadora de renta sino para venderla, ¿igualmente este tipo activo debe ser reconocido como propiedad, planta y equipo?
Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
Si una entidad compra maquinaria, pero no para utilizarla en actividad generadora de renta sino para venderla, ¿igualmente este tipo activo debe ser reconocido como propiedad, planta y equipo?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera, menciona que para saber si un activo califica como propiedad, planta y equipo, se debe analizar cuál será su respectiva destinación. Si este tipo activos van a ser utilizados en la actividad generadora de renta y adicionalmente van a estar por más de un período, pueden ser calificados como tal.
Lo anterior puede ser ratificado en la sección 17 del Estándar Internacional para Pymes, puntualmente en lo indicado en el párrafo 17.2