Los pensionados deben realizar aportes al sistema de seguridad social en salud, sobre el monto de su mesada pensional.
Para este grupo poblacional, en términos generales no procede el pago de incapacidades; no obstante, existen situaciones en que pueden ser acreedores de estas prestaciones. Conózcalas.
Los pensionados deben realizar aportes al sistema de seguridad social en salud, sobre el monto de su mesada pensional.
Para este grupo poblacional, en términos generales no procede el pago de incapacidades; no obstante, existen situaciones en que pueden ser acreedores de estas prestaciones. Conózcalas.
Las personas pensionadas en Colombia tienen la obligación de realizar aportes al sistema de seguridad social en salud sobre las siguientes tarifas:
La ley establece, en términos generales, que toda persona perteneciente al régimen contributivo en salud tiene el derecho a recibir la asistencia médica y económica (pago de incapacidades médicas) que ofertan las empresas prestadoras de salud –EPS–.
Sin embargo, en lo que concierne a los pensionados, se tiene que en todos los casos la asistencia económica no les hes reconocida.
En nuestro Informe especial: sistema general de pensiones en Colombia podrá encontrar toda la información relacionada con el sistema general de pensiones y los eventos en que usted, como pensionado, tiene dereho a que le sean reconocidos pagos por concepto de incapacidad.
Cabe mencionar que la razón por la cual a el sistema de salud no les reconoce a los pensionados el pago de prestaciones económicas es que durante un período de incapacidad estos no ven interrumpido el pago de su mesada pensional, contrario a lo que le sucede a un trabajador que debido a una incapacidad y a que no puede asistir a su lugar de trabajo no percibirá salario.
No obstante, existen situaciones en las cuales les pueden ser reconocidas las prestaciones economicas a los pensionados. Veamos:
¡Este tema hace parte de nuestro Informe especial: sistema general de pensiones en Colombia!
Gracias a esta guía podrá actualizarse en la normativa vigente y resolver todas las inquietudes que tenga sobre el sistema general de pensiones. ¡Consúltela ahora!
¡Pero eso no es todo!
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