¿Cómo opera la reducción del anticipo de renta del año gravable 2020 según el Decreto 766 de 2020? Para los contribuyentes que declaren renta como persona natural por primera vez y que según el decreto desarrollen una actividad a la cual se aplicará el 25 %, ¿tendrían realmente una reducción?
Responde conferencista: Diego Guevara
¿Cómo opera la reducción del anticipo de renta del año gravable 2020 según el Decreto 766 de 2020? Para los contribuyentes que declaren renta como persona natural por primera vez y que según el decreto desarrollen una actividad a la cual se aplicará el 25 %, ¿tendrían realmente una reducción?
Pregunta resuelta junio 04 de 2020
Por regla general, todo contribuyente obligado a presentar el impuesto de renta debe calcular el anticipo de renta aplicando la metodología establecida en el artículo 807 del Estatuto Tributario, a excepción de los señalados en el artículo 1.2.1.5.4.8 del Decreto 1625 de 2016.
El contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios explica además en qué consiste la reducción del anticipo de 2020, establecida por el Decreto 766 de mayo de 2020, medida tomada por el Ministerio de Hacienda a raíz de la crisis actual por la pandemia del COVID-19.
Ahora bien, si el contribuyente, por descuido o por error, olvida pagar el anticipo de renta, se deberá realizar el proceso de corrección de la declaración, lo que da lugar, a su vez, al pago de la sanción establecida en el artículo 644 del Estatuto Tributario.