Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
En los estados financieros de períodos intermedios, ¿cómo se deben reportar los anticipos de impuestos?
Respuesta de Juan David Maya a la pregunta
En los estados financieros de períodos intermedios, ¿cómo se deben reportar los anticipos de impuestos?
Juan David Maya, experto y consultor en Normas Internacionales de Información Financiera señala que cuando una entidad procede a elaborar estados financieros intermedios, estos deben cumplir con todos los requerimientos establecidos en los nuevos marcos contables de información financiera, bien sea porque se tiene la obligación de presentarlos o porque se hizo de manera voluntaria por una situación en particular, como por ejemplo, en los casos en que se va a vender una entidad.
Recordemos que al hacer la lectura del Estándar Internacional para Pymes se puede observar que no se establecen disposiciones en relación con la preparación de estados financieros intermedios, pues esta es una condición que se encuentra claramente establecida en los marcos que aplican a las entidades del grupo 1.
Vale la pena precisar, que los anticipos de impuestos calculados en los estados financieros de períodos intermedios, se reportan de la misma manera en que se haría en unos estados financieros elaborados al corte de año, situación en la cual se debe cruzar el valor del anticipo con el impuesto a pagar.