La Superintendencia Financiera de Colombia expidió la Resolución 1155 del 30 de agosto de 2017, con la cual establece en 21,48 % la tasa de interés bancario corriente para créditos de consumo y ordinario para el período comprendido entre el 1 y el 30 de septiembre de 2017; la tasa de usura será de 32,22 %, cifra que resulta de multiplicar el interés bancario corriente por 1,5. Cabe señalar que la tasa de interés bancario no se seguirá fijando de manera trimestral, sino que se hará de forma mensual. Por otra parte, para efectos del cálculo de los intereses de mora sobre las obligaciones tributarias, se deberá tomar la tasa de usura y disminuirla en dos puntos porcentuales, por lo cual se entiende que para este caso la tasa de interés será de 30,22 %.
Superintendencia Financiera
Resolución 1155
Agosto 30 de 2017
Por el cual se certifica el interés bancario corriente para la modalidad de crédito de consumo y ordinario.