Ministerio de Protección Social. Las entidades podrán verificar la fe de vida o supervivencia de las personas de forma individual vía internet, a través de la herramienta que dispondrá la Registraduría Nacional en su sitio web. Cuando sea en forma masiva, es decir múltiples registros, se podrá hacer en el sistema de información del Ministerio de Salud, teniendo en cuenta el anexo técnico definido en la presente norma.
Ministerio de Salud y Protección Social
Resolución 1537
11-05-2015
Las entidades podrán verificar la fe de vida o supervivencia de las personas de forma individual vía internet, a través de la herramienta que dispondrá la Registraduría Nacional en su sitio web. Cuando sea en forma masiva, es decir múltiples registros, se podrá hacer en el sistema de información del Ministerio de Salud, teniendo en cuenta el anexo técnico definido en la presente norma.