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Responsables del IVA obligados a facturar electrónicamente por el arrendamiento de inmuebles

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:

Una persona natural responsable del IVA tiene arrendados tres inmuebles. Dos de ellos, a través de una inmobiliaria, generan IVA; y el tercero, entregado de forma directa, está destinado a vivienda. ¿Este contribuyente está obligado a facturar electrónicamente?

Pregunta resuelta el 7 de marzo de 2019.

Fecha de publicación: 15 de marzo de 2019
Responsables del IVA obligados a facturar electrónicamente por el arrendamiento de inmuebles
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Respuesta de Diego Guevara M. a la pregunta:

Una persona natural responsable del IVA tiene arrendados tres inmuebles. Dos de ellos, a través de una inmobiliaria, generan IVA; y el tercero, entregado de forma directa, está destinado a vivienda. ¿Este contribuyente está obligado a facturar electrónicamente?

Pregunta resuelta el 7 de marzo de 2019.

Diego Guevara, experto en temas contables y tributarios señala que la Dian, mediante resolución, fijará quiénes serán los responsables de expedir factura electrónica. En efecto, a través de la Resolución 000002 de enero 3 de 2019 resolvió que quienes a febrero de 2018 ostentaban la calidad de grandes contribuyentes estarán obligados a expedir factura electrónica.

De acuerdo con la definición formulada en el artículo 2 del Decreto 2242 de 2015, la factura electrónica es el documento que soporta transacciones de venta de bienes y/o servicios, y que operativamente tiene lugar a través de sistemas computacionales y/o soluciones informáticas.