Una persona jubilada que declara le presta servicios a una empresa, la cual le paga honorarios, y el valor de los mismos supera las 95 UVT, pero al hacerle la depuración queda por debajo de las 95 UVT; ¿se le debe aplicar retención en la fuente?
Una persona jubilada que declara le presta servicios a una empresa, la cual le paga honorarios, y el valor de los mismos supera las 95 UVT, pero al hacerle la depuración queda por debajo de las 95 UVT; ¿se le debe aplicar retención en la fuente?