Si la declaración de renta de una persona jurídica arroja saldos a favor, ¿dicho valor se puedo tomar como anticipo o existe alguna norma que lo prohíba?
Responde conferencista: Diego Guevara
Si la declaración de renta de una persona jurídica arroja saldos a favor, ¿dicho valor se puedo tomar como anticipo o existe alguna norma que lo prohíba?
Pregunta resuelta mayo 07 de 2020
En el artículo 850 del Estatuto Tributario se encuentra regulado el proceso de solicitud de saldos a favor de impuestos, el cual fue ajustado de manera temporal a través del Decreto Legislativo 535 de abril de 2020, debido a la crisis actual por la pandemia del COVID-19.
A continuación, el contador público Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, explica en detalle si los saldos a favor pueden ser utilizados como anticipo en el impuesto de renta, el cual se calcula conforme a lo dispuesto en el artículo 807 del Estatuto Tributario.