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Sanción para empleador que no consigna las cesantías a más tardar el 14 de febrero

¿Cuál es la sanción por escoger arbitrariamente el fondo de cesantías del trabajador, no consignarlas antes del 14 de febrero de un determinado año y no realizar el pago de sus intereses?

Sanción para empleador que no consigna las cesantías a más tardar el 14 de febrero
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Responde conferencista: Angie Vargas

¿Cuál es la sanción por escoger arbitrariamente el fondo de cesantías del trabajador, no consignarlas antes del 14 de febrero de un determinado año y no realizar el pago de sus intereses?

Pregunta resueltas 21 de Septiembre de 2020

En este consultorio, la Dra. Angie Marcela Vargas, especialista en temas laborales y de seguridad social, señala cuál es la sanción laboral de carácter pecuniario que debe pagar todo empleador cuando no paga las cesantías o lo hace después del 14 de febrero.

Recordemos, además, que las cesantías, las cuales hacen parte de las denominadas prestaciones sociales, derechos que se originan en la firma de un contrato de trabajo, equivalen a un salario cuando se ha laborado durante todo un año. En caso de haberse laborado un tiempo diferente, se deberá calcular la proporción.