Si se realiza la declaración de renta de una persona natural que no daba impuesto a cargo y el obligado no la presenta a tiempo en el banco, ¿se debe liquidar directamente la sanción en el recibo de pago o se debe corregir la declaración?
Responde conferencista: Diego Guevara
Si se realiza la declaración de renta de una persona natural que no daba impuesto a cargo y el obligado no la presenta a tiempo en el banco, ¿se debe liquidar directamente la sanción en el recibo de pago o se debe corregir la declaración?
Pregunta resuelta septiembre 17 de 2020
En este consultorio, el Dr. Diego Guevara, especialista en temas contables y tributarios, explica en detalle lo que ocurre cuando un contribuyente presenta una declaración de renta dejando por fuera la sanción por extemporaneidad generada sobre aquella.
Para profundizar en el tema del cálculo y el pago de las diversas sanciones tributarias vigentes, se recomienda leer lo establecido en los artículos 639 y siguientes del Estatuto Tributario –ET–.