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Señor contribuyente: ¿sabe quién debe llevar contabilidad?

Gestionar un sistema de información contable constituye una herramienta de alto valor para grandes y pequeñas empresas y es de carácter obligatorio en muchas de ellas.

Fecha de publicación: 2 de octubre de 2015
Señor contribuyente: ¿sabe quién debe llevar contabilidad?
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Gestionar un sistema de información contable constituye una herramienta de alto valor para grandes y pequeñas empresas y es de carácter obligatorio en muchas de ellas.

Según lo dispuesto en el artículo 19 del Código de Comercio, está obligado a llevar contabilidad, de todas sus operaciones diarias y conforme a las prescripciones legales, todo aquél que sea considerado comerciante independientemente de si es una persona natural o jurídica.

La obligación de llevar libros de contabilidad, tiene su origen por mandato del numeral 3 del artículo 19 del Código de Comercio. El artículo en mención cita textualmente:

Es obligación de todo comerciante:

3) Llevar contabilidad regular de sus negocios conforme a las prescripciones legales.

¿Quién es considerado comerciante?

Será considerado comerciante toda persona natural o jurídica que realice habitualmente alguna de las actividades económicas que la ley considera como mercantil; algunas de dichas actividades han sido indicadas en el Código de Comercio en su artículo 20.

“dichas actividades del artículo 20 no las únicas actividades comerciales.