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Sentencia 08001233100020030224901 de 16-06-2016

Consejo de Estado. Recordó que la demanda en la cual se busca reconocer la existencia de un contrato realidad se debe presentar dentro de los 3 años siguientes a la finalización del contrato.

Sentencia 08001233100020030224901 de 16-06-2016
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Consejo de Estado
Sentencia 08001233100020030224901
16-06-2016

El Consejo de Estado recordó que la demanda en la cual se busca reconocer la existencia de un contrato realidad se debe presentar dentro de los 3 años siguientes a la finalización del contrato.

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