Mediante la Sentencia 11001-03-24-000-2009-00417-00 de 2018, el Consejo de Estado estableció los criterios y factores de análisis para definir la conexión competitiva entre dos marcas, siendo en la presente norma las marcas “IMPULSOR” (mixta) e “IMPULSOR” (nominativa).
Por lo anterior, el Consejo de Estado estableció seis criterios de definición de conexión competitiva, acogiéndose a la interpretación prejudicial que anteriormente había hecho el Tribunal de Justicia de la Comunidad Andina. Dichos criterios son:
1) Inclusión de los productos en una misma clase del nomenclátor.
2) Canales de comercialización.
3) Medios de publicidad.
4) La relación o vinculación entre productos.
5) El uso complementario o conjunto de productos.
6) El género de estos.
Consejo de Estado
Sentencia 11001-03-24-000-2009-00417-00
Marzo 08 de 2018
Mediante la Sentencia 11001-03-24-000-2009-00417-00 de 2018, el Consejo de Estado estableció los criterios y factores de análisis para definir la conexión competitiva entre dos marcas.