Consejo Superior de la Judicatura. Recordó que para determinar la ocurrencia de acoso laboral, se debe remitir a la Ley 1010 del 2006; por lo anterior, la exigencia de cumplimiento de labores no constituye dicha conducta.
Consejo Superior de la Judicatura
Sentencia 150001110200020140067201
07-10-2015
El Consejo Superior de la Judicatura, recordó que para determinar la ocurrencia de acoso laboral, se debe remitir a la Ley 1010 del 2006; por lo anterior, la exigencia de cumplimiento de labores no constituye dicha conducta.