ediante la presente sentencia, el Consejo de Estado concluye que, los pagos realizados por medio de bonos SODEXHO PASS a los vendedores de telefonía celular en el año 2005 se consideran comisiones, por ende, se le debió aplicar la retención de que trata el artículo 392 del ET.
Consejo de Estado
Sentencia 19405
Marzo 05 de 2018
Mediante la presente sentencia, el Consejo de Estado concluye que, los pagos realizados por medio de bonos SODEXHO PASS a los vendedores de telefonía celular en el año 2005 se consideran comisiones, por ende, se le debió aplicar la retención de que trata el artículo 392 del ET.