Consejo de Estado. Señala que el artículo 563 del ET el cual trata sobre la dirección para notificaciones, establece que cuando la Administración Tributaria realice una notificación al contribuyente, debe hacerlo en la dirección informada por el mismo. Cuando se realice cambio de dirección la antigua seguirá siendo válida durante los 2 meses siguientes, sin que pierda validez la nueva dirección informada.
Consejo de Estado
Sentencia 19786
07-04-2016
El Consejo de Estado señala que el artículo 563 del ET el cual trata sobre la dirección para notificaciones, establece que cuando la Administración Tributaria realice una notificación al contribuyente, debe hacerlo en la dirección informada por el mismo. Cuando se realice cambio de dirección la antigua seguirá siendo válida durante los 2 meses siguientes, sin que pierda validez la nueva dirección informada.