Consejo de Estado. Señaló que los beneficios o bonificaciones extralegales que expresamente se acuerden como no salariales, sean ocasionales o habituales, no hacen parte de la base del cálculo de los aportes parafiscales al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF–.
Consejo de Estado
Sentencia 21519
17-03-2016
El Consejo de Estado señaló que los beneficios o bonificaciones extralegales que expresamente se acuerden como no salariales, sean ocasionales o habituales, no hacen parte de la base del cálculo de los aportes parafiscales al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar –ICBF–.