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Sentencia C-378 del 02-09-2020

Corte Constitucional expide la Sentencia C-378 de 2020, mediante la cual realiza la revisión automática de constitucionalidad del Decreto Legislativo 772 de 2020, a través del cual se dictan medidas especiales en materia de procesos de insolvencia con el fin de mitigar los efectos de la emergencia social, económica y ecológica en el sector empresarial.

En dicha sentencia, la Corte concluyó que el decreto legislativo analizado cumple, de manera general, con los requisitos formales y materiales exigidos para que las medidas legislativas adoptadas por el Gobierno nacional en el marco de estados de excepción se ajusten al ordenamiento superior. Para adelantar el análisis, la Sala estudió, de manera independiente, la constitucionalidad del artículo 1 y, posteriormente, agrupó las demás medidas en cuatro (4) ejes, así: (i) medidas generales para el acceso y trámite expedito a los procesos, procedimientos y trámites de insolvencia (artículos 2, 3 y 7); (ii) mecanismos o medidas de protección y recuperación (artículos 4, 5 y 6); (iii) medidas de creación para pequeñas insolvencias (artículos 11, 12, 13 y 14); y (iv) medidas complementarias (artículos 8, 9, 10, 15, 16 y 17).

Así pues, la Corte ordenó declarar la exequibilidad del artículo 3 del Decreto Legislativo 772 de 2020, salvo el parágrafo 1 que se condiciona en el entendido de que la disposición de facilidades tecnológicas y apoyo en la secretaría del despacho para el diligenciamiento y radicación de la solicitud y su información y/o radicación en físico de documentos y memoriales aplica para todos los sujetos del concurso.

Sentencia C-378 del 02-09-2020
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Corte Constitucional
Sentencia C-378
Septiembre 02 de 2020

Corte Constitucional expide la Sentencia C-378 de 2020, mediante la cual realiza la revisión automática de constitucionalidad del Decreto Legislativo 772 de 2020, a través del cual se dictan medidas especiales en materia de procesos de insolvencia con el fin de mitigar los efectos de la emergencia social, económica y ecológica en el sector empresarial.

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