Corte Suprema de Justicia. Explicó que las cotizaciones de las cuotas parte que realice la entidad administradora sin el pago correspondiente del trabajador beneficiario del subsidio no se computan para adquirir la pensión.
Corte Suprema de Justicia
Sentencia SL-2707-2016
24-02-2016
La Sala Laboral de la Corte Suprema de Justicia explicó que las cotizaciones de las cuotas parte que realice la entidad administradora sin el pago correspondiente del trabajador beneficiario del subsidio no se computan para adquirir la pensión.