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Sentencia T-121 de 26-03-2015

Corte Constitucional. Recordó los principios de continuidad, integralidad, disponibilidad, pro homine y accesibilidad de la salud; afirmó que la atención en salud no podrá ser suspendida al paciente, en ningún caso.

Fecha de publicación: 26 de marzo de 2015
Sentencia T-121 de 26-03-2015
Este artículo fue publicado hace más de un año, por lo que es importante prestar atención a la vigencia de sus referencias normativas.

Corte Constitucional
Sentencia T-121
26-03-2015

Corte Constitucional recordó los principios de continuidad, integralidad, disponibilidad, pro homine y accesibilidad de la salud; afirmó que la atención en salud no podrá ser suspendida al paciente, en ningún caso.

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