Corte Constitucional. Recordó los principios de continuidad, integralidad, disponibilidad, pro homine y accesibilidad de la salud; afirmó que la atención en salud no podrá ser suspendida al paciente, en ningún caso.
Corte Constitucional
Sentencia T-121
26-03-2015
Corte Constitucional recordó los principios de continuidad, integralidad, disponibilidad, pro homine y accesibilidad de la salud; afirmó que la atención en salud no podrá ser suspendida al paciente, en ningún caso.